Blogia
José Luis Pantoja Vallejo

Reglamento de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cabeza. Lopera 8 de septiembre de 1916

Reglamento de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cabeza. Lopera 8 de septiembre de 1916

Grupo de Loperanas ataviadas con traje de gitana en la Romería de 1959.

Por José Luis Pantoja Vallejo - Cronista oficial de la Villa de Lopera

Como os anuncie hace unas fechas, aqui tenéis el artículo que este año he publicado en el número 24 de la Revista Mirando al Santuario dedicado a la Historia de la Cofradía de la Virgen de la Cabeza de Lopera.

Aprovechando un año más ( y van 14) la oportunidad que me brinda las páginas de la Revista Mirando al Santuario, quisiera dar a conocer un capítulo más de la historia de la Cofradía de  la Virgen de la Cabeza de Lopera. En esta ocasión, se trata del hallazgo de un pergamino manuscrito (de 65X50 centímetros) cuyo contenido nos muestra un Reglamento que habría de servir para regir la Cofradía a partir del año 1916. El mismo ha llegado hasta nuestros días gracias al espíritu conservacionista de una buena cristiana y devota de la Virgen de la Cabeza, Blasa Sanz Martínez, una devoción que heredó de sus antepasados, tanto de su abuelo Miguel Sanz Barberán, como de su padre José Sanz Chueco, que fue Hermano Mayor de la Cofradía de la Virgen de el Cabeza de Lopera en el año 1959. Este pergamino se ha conservado en buen estado durante casi un siglo, primero gracias a que su propietario original Miguel Sanz Barberán, a la sazón Secretario de la Cofradía de la Virgen de la Cabeza de Lopera en aquel año de 1916, tuvo la feliz idea de guardarlo para la posteridad en un viejo baúl y  porque más tarde llegó a manos de su nieta Blasa quien lo enmarcó y lo mantiene en un sitio privilegiado de su casa donde lo custodia con mucho cariño. La importancia de este hallazgo, viene dada tanto por la antigüedad del pergamino, el cual ha sobrevivido a numerosas vicisitudes y hasta a la fraticida Guerra Civil Española que dejó numerosas secuelas en el patrimonio Histórico – Artístico de Lopera, un pueblo que vivió muy de cerca uno de los enfrentamientos bélicos más importantes en Andalucía como fue la Batalla de Lopera. Esto le da un plus de importancia, pues no es fácil  que se conserve un documento religioso, como es el propio pergamino. En él se recogen nuevos datos sobre la historia de la Cofradía de la Virgen de la Cabeza de Lopera. Se hace referencia a un Reglamento de la Cofradía y está fechado el 8 de septiembre 1916, siendo aprobado por los 43 hermanos que formaban la cofradía de Lopera. En dicho pergamino se recoge la formación de la Junta Directiva de la que era Presidente de la hermandad el párroco de Lopera Manuel De Torres Rodríguez, Vicepresidente, Manuel Candelario Bellido, Secretario Miguel Sanz Barberán, Depositario Francisco Robledo Peralta y Vocales Juan Pérez Calero, Francisco Torres Linares y Manuel Hoyo Moreno.

El nuevo Reglamento se componía de 14 artículos todos ellos relacionados con el funcionamiento interno de la cofradía  y con los cargos que la regirían (Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario y tres Vocales,). Asimismo se recogían los derechos y deberes de los cofrades. En el apartado de derechos, podemos destacar el que hacía referencia a la defunción de alguno de sus miembros o cónyuges, se tenía en cuenta que acudirían gratuitamente las banderas de la Cofradía al entierro y además, en un adicción posterior al artículo 7º se le concedía a la viuda o hijos del Cofrade que fallecía, la cantidad de 15 pesetas de ayuda, siempre que hubiera un número mayor de 40 hermanos o  un fondo superior a 50 pesetas. Entre las obligaciones, estaba la de llevar la insignia de la Cofradía en los actos a los que se  asistiera, en caso de no respetar esta obligación, sería sancionado con 10 pesetas y la expulsión de la misma. Para formar parte de la Cofradía, se debía aprobar su entrada en un debate y juicio general y abonar la cantidad de dos pesetas y cincuenta céntimos. También se permitía la pernoctación en la Casa que la Hermandad tenía en las faldas del Cerro a todos sus Cofrades cuando lo necesitaran y para aquellos particulares que desearan albergarse se impuso la obligación pecuniaria de pagar dos pesetas y no exceder su estancia de un mes. Existe al final del pergamino una relación de los cofrades que firmaron la aprobación del reglamento que ahora damos a conocer:

 

Cofradía de Nuestra Señora de la Cabeza de Lopera. Reglamento por el que se ha de regir esta Cofradía. Año 1916

 

Artículo 1º. La Cofradía se regirá por una Junta Directiva compuesta de un Presidente, un Vice-Presidente, tres Vocales, un Tesorero y un Secretario.

Artículo 2º. La Junta Directiva ante expresada será elegida por votación entre todos los cofrades todos los años el día 8 de septiembre, pudiéndose reelegirse todos los cargos.

Artículo 3º. También tendrá esta cofradía un Hermano Mayor, cuyo cargo también será sorteado el mismo día que los miembros de la Junta, no pudiendo entrar en sorteo el que lo haya desempeñado el año anterior hasta que no hayan sufrido y desempeñado dicho cargo todos los demás cofrades.

Artículo 4º. El Hermano Mayor saliente está obligado a acompañar al entrante con un cetro en todos los actos que lo requiera.

Artículo 5º. Los Abanderados serán nombrados por lista, cuyo cargo sólo tendrán derecho a acompañar en todos los actos al Hermano Mayor.

Artículo 6º. Todo cofrade que este obligado a llevar una insignia en los actos en que tenga que asistir la cofradía y no la llevare o se negare a ello, será multado con 10 pesetas y expulsado de la cofradía.

Artículo 7º. Todo cofrade que tenga la desgracia de morir o alguno de sus hijos que estén bajo su dominio o su esposa, tendrán derecho a que a su entierro asistan las banderas de la cofradía gratuitamente, para lo cual se expedirá una papeleta firmada por el Secretario.

Este artículo fue ampliado en una posterior reunión extraordinaria celebrada el 22 de agosto 1917 en los siguientes términos:

 

         “se acuerda por no estar en el nuevo Reglamento, darle a la viuda o hijos del hermano que tenga la desgracia de morir, quince pesetas en metálico, además de los beneficios que marca el Reglamento. Esta gratificación tendría lugar siempre que haya un número de cuarenta o más cofrades, pero si no llega a este número, no habrá derecho a tal gratificación.  Se acuerda asimismo que para conseguir el anterior fin, que haya siempre un fondo de cincuenta pesetas, no pudiendo por tanto gastar nada mientras no exceda de dicho fondo”[1]

 

Artículo 8º. También tendrá derecho todo cofrade a albergarse en la casa que la cofradía tiene en el cerro el día de la fiesta y en cualquier época que lo necesite.

Artículo 9º. Las banderas que se soliciten por particulares para asistir a los entierros devengarán cinco pesetas.

Artículo 10º. Si algún particular que no pertenezca a la cofradía quiere albergarse en la casa que esta tiene en el cerro, pagará dos pesetas, no pasando su estancia en dicha casa de un mes.

Artículo 11º. El Tesorero al entregarse en los fondos dará un recibo al Presidente de lo que recibe y no entregará cantidad alguna que no valla autorizada con el visto bueno del Presidente y la firma del Secretario.

Artículo 12º. El Tesorero tendrá derecho a presentar las cuentas a la cofradía el día quince de abril de cada año y una vez aprobadas el Secretario sacará un ejemplar para que por el cobrador sea presentado a todos los cofrades que no hayan asistido a esta reunión.

Artículo 13º. El material de Secretaría estará bajo la custodia del Secretario, así como los de Tesorería bajo la custodia y guarda del Tesorero.

Artículo 14º. Todo individuo que quiera pertenecer a esta cofradía será aprobado y admitido a juicio de esta en general, pagando de entrada dos pesetas y cincuenta céntimos.

        

 

Nombres de los cofrades que aprobaron el nuevo Reglamento:

 

Manuel de Torres Rodríguez.

Francisco Robledo Peralta

Manuel Candelario Bellido

Juan Pérez Calero

Francisco Torres Linares

Miguel Sanz Barberán

Manuel Hoyo Moreno

José Chueco Hoyo

Pedro Medina Lara

Araceli Moreno García

José Medina Lara

Antonio Fernández Fernández

Martín Hidalgo Morales

Roque Ange Navarrete

Rafael Lara Correas

Antonio Pastor Pérez

José Morales Alcalá

Antonio Rodríguez Revuelta

Antonio Quero Rubio

Rafael García Madueño

Martín Alcalá García

Francisco García Lozano

Sebastián Sevilla Soler

Juan Agudo Rosales

Emilio Hoyo Rodríguez

Francisco Pérez Gutiérrez

Antonio Melero Hernández

Antonio Barbosa Cerezo

Juan Chueco Rosales

Francisco Sevilla Gutiérrez

Antonio Gálvez Barranco

Antonio Galán Arenas

Nicolás García Partera

Antonio Sánchez García

Manuel Bellido Reca

Diego Soler Castro

Antonio Bellido Cazalilla

Benito Juárez

Antonio Melero Toribio

Juan Santiago Valenzuela

Martín Cruz Hidalgo

Francisco Herrero Toribio

Juan Agudo Hoyo

 

 

 

De esta enumeración y por la época y ámbito que se trata, es importante destacar la presencia de una mujer, Araceli Moreno García dentro de la relación de Cofrades que formaban parte de la Cofradía de la Virgen de la Cabeza de Lopera en 1916.

 

José Luis Pantoja Vallejo

Doctor en Historia y Cronista

Oficial de la Villa de Lopera

 



[1] Libro de Actas de la Cofradía de la Virgen de le Cabeza de Lopera. Acta extraordinaria del 22 de agosto de 1917

0 comentarios